Qué pasa si no tengo dinero para pagar la legítima

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Qué pasa si no tengo dinero para pagar la legítima

Qué pasa si no tengo dinero para pagar la legítima

Recibir una herencia no siempre significa recibir dinero en la cuenta. A veces la herencia está formada por una vivienda, un terreno, un coche, participaciones de una empresa familiar o bienes que no se pueden convertir en efectivo de un día para otro. Y ahí aparece el problema: ¿qué pasa si no tengo dinero para pagar la legítima?

La duda es más frecuente de lo que parece. Una persona puede ser nombrada heredera universal, aceptar la herencia y descubrir después que tiene que compensar económicamente a otros familiares con derecho legal a una parte mínima. No porque lo haya decidido ella, sino porque la ley protege a determinados herederos forzosos.

En España, la legítima es una parte de la herencia que el testador no puede repartir libremente si existen familiares con derecho a reclamarla. Normalmente hablamos de hijos, descendientes, padres, ascendientes o cónyuge viudo, aunque la proporción concreta depende del territorio y del caso familiar.

El problema real suele ser este: hay bienes, pero no hay liquidez.

Qué es la legítima y por qué puede convertirse en una deuda

La legítima es la porción de bienes que la ley reserva a determinados familiares. Es decir, aunque una persona deje testamento y nombre heredero a un solo hijo, pareja, hermano u otra persona, eso no siempre elimina el derecho de los legitimarios.

Por ejemplo, si un padre deja una vivienda a un hijo, pero hay otros hijos con derecho a legítima, estos pueden reclamar la parte que les corresponde. Si no hay dinero en la herencia, el heredero que recibe el bien puede tener que pagarles con dinero propio, vender parte del patrimonio o buscar otra solución.

Aquí está la parte incómoda: la legítima no es una sugerencia familiar ni un acuerdo moral. Es un derecho legal. Si el legitimario reclama, el heredero debe responder.

Puede pasar en situaciones como estas:

  • Heredas una casa, pero no hay saldo en cuentas bancarias.
  • El testamento deja todo a una persona, pero hay hijos que reclaman su parte.
  • El patrimonio tiene valor, aunque esté bloqueado o sea difícil de vender.
  • Hay varios herederos, pero uno se queda con el bien principal.
  • La herencia incluye deudas, impuestos y gastos notariales que reducen todavía más la liquidez.

Y claro, si además hay tensión familiar, cualquier retraso puede acabar en reclamación formal.

Qué pasa si no puedes pagar la legítima

Si no tienes dinero para pagar la legítima, lo primero que debes entender es que la obligación no desaparece automáticamente. La falta de liquidez puede explicar el retraso, pero no elimina el derecho del legitimario.

Las consecuencias pueden variar según el caso, pero normalmente el problema avanza por fases.

Primero suele haber una reclamación amistosa. El legitimario pide su parte, solicita información sobre la herencia o exige que se haga la partición. Si no hay respuesta o el heredero se niega a pagar, puede llegar una reclamación notarial o judicial.

Después, si el conflicto sigue, el legitimario puede acudir a los tribunales. En ese punto, el proceso se vuelve más caro, más lento y más difícil de controlar.

Las principales consecuencias de no pagar la legítima son:

  • Reclamación judicial por parte del legitimario.
  • Posibles intereses por el retraso en el pago.
  • Bloqueo de la partición o de la inscripción de determinados bienes.
  • Dificultades para vender una vivienda heredada si hay conflicto sucesorio.
  • Gastos de abogado, procurador, notaría, tasaciones o peritajes.
  • Posible embargo de bienes si existe una resolución judicial y no se cumple.
  • Deterioro de la relación familiar, que muchas veces ya viene tocada desde antes.

No conviene dejarlo “para más adelante” sin hacer nada. En herencias, el silencio suele empeorar el problema.

¿Tengo que pagar la legítima en dinero?

Depende del caso, del testamento, de la comunidad autónoma y de cómo se haya organizado la herencia. En muchos supuestos, la legítima puede pagarse en dinero, incluso cuando la herencia está compuesta por bienes no líquidos.

Esto significa que el heredero puede conservar el bien heredado y compensar al legitimario con una cantidad económica. Por ejemplo, quedarse con la vivienda familiar y pagar a los hermanos su parte.

También puede acordarse una entrega de bienes en lugar de dinero, pero no siempre es fácil. Si el legitimario quiere cobrar y el heredero quiere entregar una parte de un inmueble, puede haber conflicto. Además, dividir un bien físico no siempre tiene sentido.

Imagina una casa de 150.000 euros y tres hijos con derechos. No puedes partir el salón, la cocina y el dormitorio como si fueran billetes. Por eso muchas veces la solución realista pasa por valorar el bien, calcular la legítima y pagar una compensación.

Soluciones si no tienes liquidez para pagar la legítima

No tener dinero en efectivo no significa que tengas que perder automáticamente la herencia. Pero sí necesitas actuar con orden. Cuanto antes se analice el patrimonio, los derechos de cada parte y los gastos asociados, más margen tendrás para negociar.

1. Negociar un pago aplazado con el legitimario

La solución más limpia, cuando hay buena voluntad, es pactar un calendario de pago. El heredero reconoce la deuda y el legitimario acepta cobrar en varios plazos.

Puede hacerse mediante documento privado, pero en una herencia importante es recomendable formalizarlo bien, preferiblemente con asesoramiento profesional. Así se evitan malentendidos.

Un acuerdo de pago puede incluir:

  • Importe total de la legítima.
  • Fechas de pago.
  • Forma de pago: transferencia, cheque bancario o ingreso en cuenta.
  • Posibles intereses o ausencia de ellos.
  • Consecuencias si se incumple el acuerdo.
  • Renuncia a futuras reclamaciones una vez pagado todo.

Esta vía evita pleitos y permite ganar tiempo sin vender bienes de forma precipitada.

2. Pagar con dinero propio

Otra opción es pagar la legítima con dinero ajeno a la herencia, es decir, con tus ahorros o ingresos personales. Es lo que se conoce como pago con dinero extrahereditario.

Puede parecer duro, pero a veces es la vía más práctica si quieres conservar un inmueble, una finca o un negocio familiar.

Por ejemplo, si heredas una vivienda que quieres mantener, quizá te compense pagar a los legitimarios con fondos propios antes que vender la casa por debajo de su valor.

Eso sí, conviene dejar rastro documental de todo:

  • Transferencia bancaria con concepto claro.
  • Recibo firmado por el legitimario.
  • Escritura o documento de entrega de legítima.
  • Justificante de liquidación fiscal si corresponde.
  • Acuerdo donde conste que la legítima queda saldada.

En temas de herencia, pagar “de palabra” es una mala idea.

3. Vender un bien heredado

Si no hay dinero y el importe de la legítima es elevado, puede ser necesario vender parte del patrimonio heredado.

La venta puede afectar a una vivienda, un local, una finca, un vehículo o cualquier otro bien con valor. El problema es que vender rápido suele salir caro. Cuando una persona necesita liquidez urgente, tiene menos fuerza para negociar y puede aceptar ofertas bajas.

Por eso conviene calcular antes:

  • Cuánto se debe pagar realmente.
  • Qué bienes pueden venderse sin perjudicar demasiado el patrimonio.
  • Si hay cargas, hipotecas o embargos.
  • Cuánto se pagará en impuestos y gastos de venta.
  • Si la venta necesita autorización o acuerdo de otros herederos.

No siempre hay que vender el bien principal. A veces basta con vender un activo secundario o buscar financiación temporal hasta cerrar una operación mejor.

4. Reducir legados que perjudican la legítima

Si el testamento dejó bienes o cantidades a terceros y eso reduce la legítima de los herederos forzosos, puede solicitarse la reducción de legados o disposiciones excesivas.

Dicho de forma sencilla: si el testador repartió más de lo que podía repartir libremente, los legitimarios pueden pedir que esos regalos testamentarios se reduzcan para respetar su parte legal.

Esto puede ocurrir, por ejemplo, si una persona deja casi todo a un amigo, a una pareja no casada o a un familiar concreto, olvidando que existen hijos con derecho a legítima.

En estos casos, el heredero no debería asumir el problema sin revisar antes el testamento completo. Tal vez la solución no sea pagar todo de su bolsillo, sino ajustar el reparto conforme a la ley.

5. Pedir financiación para cubrir una parte del pago

Cuando el problema es de liquidez puntual, un préstamo personal puede ayudar a cubrir una parte de la legítima, gastos notariales, impuestos o pagos urgentes mientras se organiza la herencia.

No siempre hablamos de financiar toda la cantidad. A veces el bloqueo viene por importes más pequeños: una escritura, una gestoría, una tasación, una parte inicial pactada con el legitimario o una deuda concreta que impide avanzar.

En WELP, la idea no es prometer una solución mágica para una herencia compleja, sino ayudarte a encontrar una opción de financiación adaptada a tu perfil cuando necesitas liquidez y no quieres tomar decisiones precipitadas.

Por ejemplo, si tienes una incidencia en ficheros de morosidad, puedes revisar opciones de prestamo con asnef. Si lo que necesitas es financiar una compra concreta relacionada con tu situación personal, también puedes ver la alternativa de Financiar móvil con DNI. Y para una cantidad pequeña y rápida, puede interesarte un prestamo 200 euro con dni.

Eso sí: antes de pedir dinero, calcula bien cuánto necesitas y para qué. Financiar una herencia sin números claros puede crear otro problema encima del primero.

Tabla rápida: opciones si no puedes pagar la legítima

Situación Posible solución Cuándo puede encajar
No hay dinero, pero hay buena relación familiar Pago aplazado pactado Cuando el legitimario acepta cobrar poco a poco
Quieres conservar la vivienda heredada Pago con dinero propio o financiación Cuando vender el inmueble no te interesa
La legítima es alta y no puedes asumirla Venta parcial o total de bienes Cuando el patrimonio heredado tiene valor suficiente
El testamento perjudica a herederos forzosos Reducción de legados Cuando se dejaron bienes a terceros por encima de lo permitido
Falta liquidez para gastos iniciales Préstamo personal ajustado Cuando necesitas cubrir una cantidad concreta y asumible
Hay conflicto entre herederos Asesoramiento legal y negociación formal Cuando existe riesgo de demanda o bloqueo de la herencia

Cuánto tiempo tengo para pagar la legítima

Aquí hay que ir con cuidado, porque no existe una única respuesta válida para toda España.

En el derecho común, el Código Civil no fija un plazo simple tipo “tienes 30 días para pagar la legítima”. La obligación suele hacerse exigible cuando la herencia se acepta, se calcula el caudal hereditario y puede determinarse la parte correspondiente al legitimario.

Ahora bien, que no haya un plazo inmediato no significa que puedas ignorar el pago. El legitimario puede reclamar, y los plazos de prescripción dependen del tipo de acción y del territorio aplicable.

Además, España no tiene una única regulación sucesoria. Hay comunidades con derecho civil propio, como Cataluña, Galicia, País Vasco, Navarra, Aragón o Baleares, donde la legítima puede funcionar de manera distinta.

Por eso, antes de tomar una decisión, conviene confirmar:

  • Dónde tenía vecindad civil la persona fallecida.
  • Si existe testamento.
  • Quiénes son los legitimarios.
  • Qué bienes forman la herencia.
  • Qué deudas hay.
  • Qué plazo de reclamación se aplica en ese territorio.

Un error bastante común es buscar en internet “plazo para pagar la legítima” y aplicar una respuesta genérica. En herencias, ese atajo puede salir caro.

El caso especial de Cataluña

En Cataluña, la legítima tiene reglas propias. Una de las más importantes es que la pretensión para exigir la legítima y su suplemento prescribe a los 10 años desde la muerte del causante.

Además, en Cataluña la legítima suele funcionar como un derecho de crédito. Esto significa que el legitimario no necesariamente se convierte en copropietario de los bienes hereditarios, sino que puede reclamar el valor económico que le corresponde.

Esto cambia bastante el enfoque. En muchos casos, el heredero puede quedarse con los bienes y pagar la legítima en dinero. Pero si no paga, el legitimario puede reclamar.

Por eso, si la herencia está en Cataluña o el fallecido tenía vecindad civil catalana, no conviene aplicar directamente las reglas generales del Código Civil común.

Ejemplo práctico: heredo una casa, pero no tengo dinero

Imagina este caso.

Una madre fallece y deja una vivienda valorada en 180.000 euros. En el testamento nombra heredero a uno de sus dos hijos, porque era quien vivía con ella y cuidaba la casa. El otro hijo no recibe nada en el testamento, pero tiene derecho a legítima.

El heredero acepta la herencia, pero no tiene ahorros. Su salario cubre sus gastos normales y no puede pagar de golpe una compensación elevada.

¿Qué puede hacer?

Primero, debe valorar correctamente la herencia. No basta con decir “la casa vale más o menos 180.000 euros”. Habrá que tener en cuenta deudas, cargas, gastos pendientes, impuestos y el valor real del inmueble.

Después, debe calcularse la legítima conforme a la normativa aplicable. No será lo mismo una herencia sujeta al Código Civil común que una herencia en Cataluña, Galicia o País Vasco.

A partir de ahí, las opciones pueden ser:

  • Pactar un pago aplazado con su hermano.
  • Pedir financiación para pagar una parte inicial.
  • Vender la vivienda y repartir conforme corresponda.
  • Compensar al legitimario con otro bien, si ambos están de acuerdo.
  • Revisar si el testamento contiene alguna cláusula que permita ordenar mejor el pago.

Lo que no debería hacer es quedarse la casa, no contestar al otro heredero y esperar que el problema desaparezca.

Qué gastos aparecen además de la legítima

Cuando una persona dice “no tengo dinero para pagar la legítima”, muchas veces tampoco ha calculado el resto de gastos de la herencia. Y eso cambia todo.

Además del pago al legitimario, pueden aparecer:

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • Plusvalía municipal si hay inmuebles urbanos.
  • Gastos de notaría.
  • Registro de la propiedad.
  • Certificados y documentación.
  • Honorarios de abogado o gestor.
  • Tasaciones.
  • Cancelación de cargas o deudas pendientes.
  • Gastos de mantenimiento del inmueble heredado.

A veces la legítima no es el único problema. El verdadero bloqueo es la suma de todo.

Por eso conviene preparar una tabla sencilla antes de tomar decisiones:

Concepto Importe aproximado Urgencia
Legítima pendiente Depende del cálculo hereditario Alta si ya fue reclamada
Impuesto de Sucesiones Depende de comunidad y parentesco Alta por plazo fiscal
Notaría y escritura Variable Media / alta
Registro Variable Media
Abogado o gestor Variable Media
Plusvalía municipal Depende del inmueble Alta si corresponde
Otros gastos Comunidad, IBI, suministros Variable

Esta tabla no sustituye a un cálculo profesional, pero ayuda a ver el problema completo. Muchas personas se centran solo en la legítima y se olvidan de que la herencia también tiene costes administrativos y fiscales.

¿La legítima paga impuestos?

Sí. La legítima forma parte de una adquisición por causa de fallecimiento y, por tanto, está vinculada al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

El legitimario debe declarar lo que recibe, aplicando las reducciones, bonificaciones y normas que correspondan según su comunidad autónoma y su parentesco con la persona fallecida.

El impuesto no funciona igual en toda España. Hay comunidades con bonificaciones muy amplias para hijos, padres o cónyuges, y otras donde el coste puede ser más relevante. También influye el patrimonio preexistente del beneficiario, el valor heredado y el grado de parentesco.

Por eso no conviene copiar el cálculo de otra persona. Dos herencias con importes parecidos pueden pagar impuestos muy diferentes.

¿Puedo renunciar a la herencia si no puedo pagar la legítima?

Sí, pero hay que hacerlo antes de aceptar la herencia y entendiendo bien las consecuencias.

Renunciar a una herencia puede tener sentido si el patrimonio viene cargado de deudas, conflictos o gastos imposibles de asumir. Pero no debe hacerse por miedo sin analizar los números.

También existe la aceptación a beneficio de inventario, una fórmula pensada para limitar la responsabilidad del heredero frente a las deudas hereditarias. En términos simples, permite separar mejor el patrimonio personal del heredero y el patrimonio heredado, aunque requiere cumplir trámites y plazos.

Antes de renunciar, revisa:

  • Valor real de los bienes.
  • Deudas del fallecido.
  • Importe de la legítima.
  • Impuestos.
  • Posibilidad de vender activos.
  • Opciones de acuerdo con los legitimarios.
  • Riesgo de aceptación tácita si ya has actuado como propietario.

Esto último es importante. Hay actos que pueden interpretarse como aceptación de la herencia. Por ejemplo, vender un bien hereditario o disponer de dinero del fallecido como si ya fuera tuyo. Si tienes dudas, consulta antes de mover nada.

¿Puedo evitar pagar la legítima?

En condiciones normales, no. La legítima es un derecho protegido por la ley.

Solo puede evitarse o reducirse en casos concretos, por ejemplo si el legitimario fue desheredado legalmente y existe una causa válida. La desheredación no vale porque sí. Debe estar recogida en el testamento y basarse en causas admitidas por la ley.

También puede ocurrir que el legitimario renuncie voluntariamente a su legítima. Pero esa renuncia debe hacerse de forma expresa y con las garantías necesarias. No basta con que diga “no quiero líos” en una conversación familiar.

Fuera de esos supuestos, intentar esquivar la legítima suele acabar mal. Ocultar bienes, retrasar la partición o hacer ventas extrañas puede generar una reclamación judicial y más gastos.

¿Qué pasa si soy legitimario y no me pagan?

Si tienes derecho a legítima y el heredero no te paga, puedes reclamar.

Lo recomendable es empezar de forma ordenada:

  • Pedir copia del testamento.
  • Solicitar información sobre los bienes de la herencia.
  • Calcular tu parte con ayuda profesional.
  • Reclamar por escrito al heredero.
  • Intentar un acuerdo de pago.
  • Acudir a la vía judicial si no hay respuesta.

Si el heredero recibió bienes pero no quiere pagarte, el conflicto puede terminar en una demanda. Y si hay sentencia o acuerdo formal incumplido, pueden llegar embargos u otras medidas de ejecución.

Eso sí, tampoco conviene reclamar a ciegas. Antes hay que saber si realmente existe derecho a legítima, qué normativa se aplica y cuánto corresponde.

Errores habituales cuando no hay dinero para pagar la legítima

En estos casos, los errores se repiten mucho. Algunos parecen pequeños, pero pueden complicar toda la herencia.

Los más frecuentes son:

  • Aceptar la herencia sin calcular antes los pagos pendientes.
  • Pensar que si no hay dinero en la cuenta, no hay obligación de pagar.
  • Ignorar mensajes o reclamaciones de otros herederos.
  • Vender bienes sin documentar bien el reparto.
  • Pagar parte de la legítima en efectivo sin justificante.
  • No comprobar la normativa de la comunidad autónoma.
  • Confundir herencia, legítima e Impuesto de Sucesiones.
  • Pedir un préstamo sin saber el coste total de la herencia.
  • Dejar que el conflicto familiar sustituya al análisis legal.

La herencia puede tener una carga emocional enorme, pero las decisiones deben tomarse con números y documentos.

Cómo organizarte si no puedes pagar ahora

Si estás en esta situación, empieza por ordenar la información. No necesitas resolverlo todo el primer día, pero sí tener una foto clara.

Puedes seguir estos pasos:

  1. Localiza el testamento o declara herederos si no existe.
  2. Haz un inventario de bienes y deudas.
  3. Comprueba quiénes son los legitimarios.
  4. Calcula el valor aproximado de la herencia.
  5. Estima impuestos y gastos.
  6. Habla con los legitimarios antes de que el conflicto escale.
  7. Valora si puedes pagar con ahorros, venta de bienes o financiación.
  8. Formaliza cualquier acuerdo por escrito.
  9. No dispongas de bienes importantes sin asesoramiento.
  10. Guarda todos los justificantes de pago.

Una herencia con legítima pendiente no se arregla improvisando. Cuanto más clara esté la documentación, menos margen habrá para discusiones.

Cuándo puede tener sentido pedir un préstamo

Un préstamo puede tener sentido si el problema es puntual, el importe es asumible y tienes claro cómo lo vas a devolver.

Puede ser útil para:

  • Cubrir gastos notariales o registrales.
  • Pagar una parte inicial de la legítima.
  • Evitar una venta urgente por debajo del valor real.
  • Ganar tiempo mientras se vende un bien heredado.
  • Regularizar una situación antes de que llegue a juicio.
  • Afrontar pequeños pagos relacionados con la aceptación de la herencia.

Pero no siempre es la mejor opción. Si la legítima es muy alta y tus ingresos no permiten devolver cómodamente el préstamo, quizá sea más prudente vender un bien, renegociar plazos o revisar la partición.

La clave es no pedir dinero “por si acaso”. Pide solo lo que necesitas, con un plan claro y entendiendo el coste total.

Preguntas frecuentes sobre no poder pagar la legítima

¿Me pueden obligar a vender una casa heredada para pagar la legítima?

Depende del caso. Si no pagas voluntariamente y el legitimario reclama judicialmente, podrías verte obligado a responder con bienes. Antes de llegar a ese punto, suele ser mejor negociar un pago aplazado, buscar financiación o valorar una venta ordenada.

¿Puedo pagar la legítima poco a poco?

Sí, si el legitimario acepta. Lo importante es dejar el acuerdo por escrito y definir importes, fechas y forma de pago. Si no hay acuerdo, el legitimario puede reclamar por vía judicial.

¿Qué pasa si la herencia solo tiene una vivienda?

Es uno de los casos más habituales. Puede calcularse el valor de la vivienda y compensar al legitimario en dinero. Si no hay liquidez, las opciones suelen ser acuerdo de pago, préstamo, venta del inmueble o adjudicación pactada de bienes.

¿Puedo pedir un préstamo para pagar la legítima?

Sí, puedes pedir financiación si tienes capacidad de devolución y el importe encaja con tu situación. Es especialmente útil cuando necesitas liquidez temporal para evitar una venta precipitada o desbloquear trámites.

¿La legítima se calcula sobre el valor bruto o neto de la herencia?

Hay que analizar el caudal hereditario, bienes, deudas, cargas y posibles donaciones o disposiciones que afecten al cálculo. No conviene calcularla solo mirando el precio de una vivienda en un portal inmobiliario.

¿Qué ocurre si un legitimario no reclama?

Si no reclama dentro del plazo aplicable, puede perder su derecho. Pero los plazos cambian según la normativa civil que corresponda. En Cataluña, por ejemplo, la acción para exigir la legítima prescribe a los 10 años desde el fallecimiento.

¿Puedo renunciar solo a la legítima?

El legitimario puede renunciar a la legítima, pero debe hacerlo de forma expresa y con las formalidades adecuadas. No es algo que deba resolverse con un mensaje informal o una conversación familiar.

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