Requisitos para cobrar el complemento de paternidad en 2026

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requisitos para cobrar el complemento de paternidad

Requisitos para cobrar el complemento de paternidad en 2026: quién puede pedirlo y cómo saber si te corresponde

Durante años, muchos padres pensionistas en España no cobraron un complemento que sí se reconocía automáticamente a las mujeres con hijos. Ese complemento, conocido de forma habitual como complemento de paternidad, nació en realidad como complemento de maternidad por aportación demográfica y estuvo vigente para pensiones causadas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.

El problema fue claro: la norma dejaba fuera a los hombres en una situación comparable. Después llegaron sentencias europeas y españolas que abrieron la puerta a miles de reclamaciones. Por eso, en 2026 todavía hay padres jubilados, viudos o pensionistas por incapacidad permanente que pueden revisar si tienen derecho a cobrarlo.

Y no hablamos de una cantidad simbólica. En algunos casos, el reconocimiento puede suponer un aumento mensual permanente de la pensión y el cobro de atrasos. Para una economía familiar ajustada, esto puede marcar bastante diferencia. Igual que ocurre cuando una persona compara minicréditos sin rechazos, lo importante es entender bien las condiciones antes de tomar una decisión.

Qué es el complemento de paternidad

El llamado complemento de paternidad es la forma común de referirse al derecho de los padres pensionistas a cobrar un complemento que inicialmente solo se reconocía a las madres. Técnicamente, hay que distinguir dos figuras distintas.

  • Complemento de maternidad por aportación demográfica: aplicable a pensiones causadas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
  • Complemento para la reducción de la brecha de género: aplicable a pensiones reconocidas desde el 4 de febrero de 2021.

El primero es el que más reclamaciones ha generado entre padres pensionistas. La razón es sencilla: durante años se concedía a mujeres con dos o más hijos, pero no a hombres en una situación equivalente.

El segundo complemento sustituyó al anterior desde febrero de 2021. Está pensado para reducir la brecha de género en las pensiones, aunque también puede afectar a hombres si cumplen los requisitos correspondientes.

Requisitos para cobrar el complemento de paternidad antiguo

El complemento antiguo afecta sobre todo a padres con pensiones reconocidas entre 2016 y el 3 de febrero de 2021. Es el caso clásico de reclamación.

Para poder pedirlo, normalmente deben cumplirse estos requisitos:

  • Ser hombre y haber tenido dos o más hijos.
  • Tener reconocida una pensión contributiva.
  • Que la pensión se haya causado entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
  • Que la pensión sea de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
  • No tratarse de una pensión no contributiva.
  • No haber cobrado ya ese complemento por el mismo concepto.
  • Presentar la solicitud ante el INSS o reclamar si hubo una denegación previa.

Aquí la fecha es clave. Si la pensión fue reconocida antes del 4 de febrero de 2021, lo habitual es analizar el derecho al complemento antiguo. Si fue reconocida desde esa fecha, hay que revisar el complemento de brecha de género.

Qué pensiones permiten reclamar el complemento

No todas las pensiones sirven para cobrar este complemento. La clave es que sea una pensión contributiva y que encaje dentro de los supuestos previstos.

En general, pueden dar derecho:

  • Jubilación contributiva.
  • Jubilación anticipada, según la fecha y el tipo de acceso.
  • Incapacidad permanente contributiva.
  • Viudedad contributiva.

No suelen dar derecho:

  • Pensiones no contributivas.
  • Prestaciones asistenciales.
  • Ayudas familiares sin carácter contributivo.
  • Pensiones que no encajan en el periodo legal correspondiente.
  • Supuestos en los que no se cumple el número de hijos exigido.

Este punto genera muchas confusiones. Una persona puede ser pensionista y, aun así, no cumplir los requisitos del complemento. Por eso conviene revisar el tipo exacto de pensión y la fecha de reconocimiento.

Cuántos hijos hacen falta para cobrar el complemento de paternidad

En el complemento antiguo, el requisito mínimo era haber tenido dos hijos. Podían ser hijos biológicos o adoptados.

La cuantía dependía del número de hijos:

Número de hijos Complemento antiguo sobre la pensión
2 hijos 5 %
3 hijos 10 %
4 hijos o más 15 %

Este porcentaje se aplicaba sobre la pensión correspondiente. Por eso, en pensiones medias o altas, los atrasos podían llegar a varios miles de euros.

Por ejemplo, un padre con una pensión de 1.200 euros mensuales y tres hijos podría tener derecho a un complemento del 10 %. Eso supondría unos 120 euros más al mes, además de los atrasos que correspondan según el caso.

No es una ayuda puntual ni un préstamo. Es un complemento de pensión. Si se reconoce, pasa a formar parte de la pensión en los términos que procedan.

Requisitos del complemento de brecha de género en 2026

Para las pensiones reconocidas desde el 4 de febrero de 2021, ya no se habla técnicamente del antiguo complemento de maternidad, sino del complemento para la reducción de la brecha de género.

En 2026, este complemento tiene una cuantía fija por hijo o hija, con un máximo de cuatro hijos. Se abona junto con la pensión y no funciona como un porcentaje sobre la pensión, sino como una cantidad mensual establecida cada año.

Los requisitos generales son:

  • Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
  • Causar una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
  • Estar dentro de un régimen de la Seguridad Social.
  • No estar en un supuesto de exclusión legal.
  • Solicitar el complemento junto con la pensión o posteriormente, si no se pidió en su momento.
Hijos computables Importe mensual orientativo en 2026 Importe anual aproximado en 14 pagas
1 hijo 36,90 € 516,60 €
2 hijos 73,80 € 1.033,20 €
3 hijos 110,70 € 1.549,80 €
4 hijos o más 147,60 € 2.066,40 €

La gran diferencia con el complemento antiguo es que aquí puede bastar con un solo hijo, siempre que se cumplan los demás requisitos. En cambio, el complemento anterior exigía dos o más hijos.

Quién no puede cobrar el complemento

Hay situaciones en las que el complemento puede denegarse, incluso si existen hijos y una pensión contributiva.

No se reconoce el derecho al progenitor que haya sido privado de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes familiares o dictada en causa criminal o matrimonial. Tampoco se reconoce al padre condenado por violencia contra la mujer ni al progenitor condenado por ejercer violencia contra los hijos o hijas.

También puede haber problemas si:

  • La pensión no es contributiva.
  • No se acredita correctamente la existencia de los hijos.
  • Se confunde el complemento antiguo con el actual.
  • Se pide el complemento por una pensión que no encaja en el periodo correspondiente.
  • Ya existe un complemento reconocido a otro progenitor y hay que aplicar reglas de compatibilidad.
  • La solicitud se presenta sin documentación suficiente.

En estos casos, una denegación no siempre significa que no haya derecho. A veces el problema está en cómo se planteó la solicitud o en que faltaba documentación.

¿Puede cobrarlo el padre si la madre ya lo cobra?

Depende del complemento y del periodo.

En el complemento antiguo de maternidad por aportación demográfica, los tribunales han reconocido que ambos progenitores pueden llegar a cobrarlo si cumplen los requisitos legales. Esto ha sido especialmente relevante para padres con pensiones causadas entre 2016 y febrero de 2021.

En el complemento actual de brecha de género, la regla es más delicada. El sistema está configurado como un complemento vinculado a cada hijo y el reconocimiento a un segundo progenitor puede afectar al complemento que ya cobra el primero.

Antes de reclamar, conviene mirar:

  • Qué complemento se está pidiendo.
  • En qué fecha se reconoció la pensión.
  • Si la madre ya cobra algún complemento.
  • Si hablamos del régimen general o de clases pasivas.
  • Si hay una denegación anterior.
  • Qué efectos económicos puede tener para cada progenitor.

Aquí no conviene ir a ciegas. Una reclamación mal planteada puede generar retrasos, respuestas incompletas o una discusión innecesaria con la Administración.

Plazo para reclamar el complemento de paternidad

En 2026 todavía pueden existir casos reclamables, sobre todo cuando el pensionista nunca pidió el complemento o lo pidió y se lo denegaron.

Ahora bien, hay que separar dos cosas:

  • El derecho a que se reconozca el complemento.
  • Los atrasos económicos que se pueden recuperar.

En muchas reclamaciones, los atrasos se discuten con límites temporales. Por eso, aunque el derecho pueda defenderse, esperar demasiado puede reducir el dinero recuperable.

Traducido a la práctica: si crees que puedes tener derecho, no tiene sentido dejarlo para más adelante. Cada expediente debe revisarse con calma, pero cuanto antes se presente la solicitud, antes se interrumpe la pérdida de posibles cantidades atrasadas.

Documentos necesarios para pedir el complemento

La documentación puede variar según el caso, pero normalmente conviene preparar lo siguiente:

  • DNI o NIE del pensionista.
  • Resolución de reconocimiento de la pensión.
  • Libro de familia o certificados de nacimiento/adopción de los hijos.
  • Vida laboral, si se necesita acreditar impacto en la carrera profesional.
  • Resoluciones anteriores del INSS, si ya hubo solicitud o denegación.
  • Número de cuenta bancaria.
  • Escrito de solicitud o reclamación.
  • Documentación judicial, si el caso ya pasó por tribunales.

En el complemento antiguo, el punto central suele ser acreditar tres datos: pensión contributiva, fecha de reconocimiento y número de hijos.

En el complemento actual, puede ser especialmente relevante revisar si al padre se le aplicaron requisitos más duros que a la madre o si el INSS denegó el complemento por una interpretación ya superada.

Cómo solicitar el complemento paso a paso

El procedimiento suele empezar ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. No es un trámite imposible, pero sí conviene hacerlo con orden.

1. Revisar la fecha de reconocimiento de la pensión

Antes de hacer nada, hay que saber si la pensión se causó entre 2016 y el 3 de febrero de 2021 o desde el 4 de febrero de 2021. Esa fecha cambia el tipo de complemento aplicable.

2. Confirmar el número de hijos

Para el complemento antiguo, se exigían dos o más hijos. Para el complemento actual, puede bastar con uno, siempre que se cumplan los demás requisitos.

3. Comprobar el tipo de pensión

No basta con ser pensionista. La pensión debe ser contributiva y encajar entre jubilación, incapacidad permanente o viudedad.

4. Preparar la documentación

Cuanto más claro esté el expediente, menos margen habrá para una denegación automática o una resolución incompleta.

5. Presentar la solicitud ante el INSS

Puede hacerse por los canales habilitados por la Seguridad Social, de forma presencial o telemática, según la situación del solicitante.

6. Esperar resolución

El INSS puede reconocer el complemento, denegarlo o responder de forma parcial. También puede haber silencio administrativo.

7. Reclamar si hay denegación

Si la respuesta no es correcta, puede plantearse reclamación previa y, si procede, acudir a la vía judicial.

En muchos casos, los padres han tenido que llegar a tribunales para que se les reconozca el derecho. No es lo ideal, pero la jurisprudencia europea y española ha sido clave en este tema.

Cuánto dinero se puede cobrar

La cantidad depende de si hablamos del complemento antiguo o del actual.

En el complemento antiguo:

  • 2 hijos: 5 % de la pensión.
  • 3 hijos: 10 % de la pensión.
  • 4 o más hijos: 15 % de la pensión.

En el complemento actual de brecha de género:

  • Cantidad fija mensual por hijo.
  • Máximo de cuatro hijos.
  • Se cobra en 14 pagas.
  • No funciona como préstamo ni como ayuda reembolsable.

Ejemplo 1: un pensionista con dos hijos y una pensión de 1.100 euros podría reclamar un 5 % si cumple los requisitos del complemento antiguo. Eso serían unos 55 euros mensuales adicionales, más atrasos si corresponden.

Ejemplo 2: un padre con cuatro hijos y una pensión de 1.400 euros podría reclamar un 15 %. El incremento sería de unos 210 euros mensuales.

Ejemplo 3: en el complemento actual, un pensionista con tres hijos podría cobrar una cantidad fija mensual por cada hijo, dentro del límite máximo previsto.

No todos los casos terminan con las mismas cantidades. La fecha de pensión, el régimen aplicable, las denegaciones previas y los efectos económicos reconocidos cambian mucho el resultado final.

Diferencia entre complemento de paternidad y complemento por hijo

Muchas personas se lían porque se usan varios nombres para hablar de cosas parecidas. Complemento de paternidad, complemento de maternidad, complemento por hijos, complemento de brecha de género… ¿Es todo lo mismo? No exactamente.

Nombre habitual Nombre técnico Periodo clave Hijos necesarios Forma de cálculo
Complemento de paternidad Complemento de maternidad por aportación demográfica reclamado por padres 2016 – 3 febrero 2021 2 o más Porcentaje sobre la pensión
Complemento por brecha de género Complemento para reducir la brecha de género Desde 4 febrero 2021 1 o más Cantidad fija por hijo
Complemento por hijo Forma genérica de llamarlo Depende del caso Depende del régimen Depende del complemento

Esta confusión es normal. Incluso muchas noticias mezclan los términos. Para el usuario, lo importante es quedarse con una idea: el derecho depende sobre todo de la fecha en la que se reconoció la pensión.

Errores frecuentes al pedir el complemento

Estos son los errores más habituales:

  • Pensar que solo lo pueden cobrar las madres.
  • Creer que ya no se puede reclamar en 2026.
  • No distinguir entre complemento antiguo y complemento actual.
  • Presentar la solicitud sin la resolución de pensión.
  • No incluir certificados de nacimiento o libro de familia.
  • No reclamar atrasos cuando proceden.
  • Aceptar una denegación sin revisar si es correcta.
  • Pensar que por tener una pensión alta no corresponde.
  • Confundir pensión contributiva con no contributiva.
  • No revisar si hubo una denegación anterior que pueda recurrirse.

También hay otro error muy común: buscar soluciones rápidas sin entender las consecuencias. En temas de pensiones, ayudas o financiación personal, conviene ir con calma. Lo mismo ocurre cuando alguien compara creditos sin papeleos: la rapidez puede ser útil, pero solo si las condiciones son claras y la persona sabe cuánto va a pagar.

Qué hacer si el INSS deniega el complemento

Una denegación del INSS no siempre cierra la puerta. De hecho, muchas reclamaciones de padres han avanzado precisamente después de una respuesta negativa inicial.

Si la Seguridad Social rechaza la solicitud, conviene revisar:

  • El motivo exacto de la denegación.
  • Si aplicó requisitos discriminatorios.
  • Si confundió el complemento solicitado.
  • Si valoró correctamente la fecha de pensión.
  • Si reconoció el complemento pero no los atrasos.
  • Si hay jurisprudencia aplicable al caso.

Después, normalmente se puede presentar reclamación previa. Si tampoco prospera, el siguiente paso puede ser la demanda ante el juzgado de lo social.

En reclamaciones del complemento antiguo, muchos padres han ganado en vía judicial. En el complemento actual, las sentencias europeas también han abierto nuevas vías para hombres a los que se les exigieron requisitos adicionales.

¿Se puede pedir si el pensionista ha fallecido?

Sí, en determinados casos los herederos pueden reclamar cantidades pendientes si el pensionista cumplía los requisitos. No es una reclamación automática, pero puede tener sentido si el padre tenía derecho al complemento y no llegó a cobrarlo.

Aquí es especialmente importante revisar:

  • Fecha de fallecimiento.
  • Fecha de reconocimiento de la pensión.
  • Número de hijos.
  • Si hubo solicitud previa.
  • Si existen atrasos pendientes.
  • Quiénes son los herederos.
  • Documentación sucesoria disponible.

No todos los expedientes son sencillos, pero descartarlo sin revisar puede suponer perder una cantidad importante.

¿Hay que declarar los atrasos en la renta?

Los atrasos de pensión pueden tener impacto fiscal. Si se cobran cantidades correspondientes a ejercicios anteriores, puede ser necesario revisar cómo imputarlas en el IRPF.

Este punto depende del año en que se reconocen, del periodo al que corresponden y de la situación fiscal del pensionista. No conviene mezclar dos cosas: una cosa es que el complemento sea un derecho de pensión y otra distinta es cómo se declara fiscalmente cuando se cobran atrasos de varios años.

Si la cantidad es elevada, lo prudente es consultar con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Cómo saber rápido si puedes tener derecho

Puedes hacer una primera revisión con estas preguntas:

  • ¿Eres padre?
  • ¿Tienes uno, dos o más hijos?
  • ¿Cobras una pensión contributiva?
  • ¿Tu pensión es de jubilación, incapacidad permanente o viudedad?
  • ¿Te reconocieron la pensión entre 2016 y febrero de 2021?
  • ¿Te reconocieron la pensión desde febrero de 2021 y no te dieron el complemento?
  • ¿El INSS te denegó el complemento por ser hombre o por no cumplir requisitos adicionales?
  • ¿La madre cobra ya algún complemento?
  • ¿Tienes documentación de tus hijos y de tu pensión?

Si respondes sí a varias de estas preguntas, merece la pena revisar el caso con más detalle.

Casos en los que conviene reclamar cuanto antes

Hay situaciones en las que no conviene esperar:

  • Padres jubilados entre 2016 y el 3 de febrero de 2021 con dos o más hijos.
  • Pensionistas por incapacidad permanente reconocida en ese periodo.
  • Padres viudos con pensión contributiva y dos o más hijos.
  • Hombres a los que el INSS ya denegó el complemento.
  • Padres con pensión reconocida desde febrero de 2021 que no cobraron el complemento actual.
  • Casos donde la madre sí cobró el complemento y el padre fue excluido.
  • Expedientes con atrasos elevados.

Cuanto más se retrasa la reclamación, más complicado puede ser recuperar determinados importes. Por eso, aunque no haya una urgencia inmediata, tampoco es buena idea dejarlo indefinidamente.

Relación con la economía familiar

Para muchos pensionistas, el complemento puede parecer una cantidad pequeña al principio. Pero si se suma mes a mes, cambia bastante.

Un aumento de 70, 100 o 150 euros mensuales puede ayudar a cubrir gastos de farmacia, suministros, alimentación, transporte o imprevistos. Y si además hay atrasos, el impacto puede ser mayor.

Eso sí, el complemento de paternidad no debe confundirse con financiación privada. Es un derecho vinculado a la pensión, no una deuda. En cambio, cuando una familia necesita liquidez puntual, debe revisar otras opciones con cuidado, comparando costes, plazos y condiciones. Por ejemplo, productos como préstamos con asnef 100 euros pueden servir para necesidades muy concretas, pero no sustituyen ingresos recurrentes ni derechos de pensión que se puedan reclamar.

Preguntas frecuentes sobre los requisitos para cobrar el complemento de paternidad

¿Qué padres pueden cobrar el complemento de paternidad?

Principalmente, padres con una pensión contributiva reconocida entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, que tengan dos o más hijos y cobren jubilación, incapacidad permanente o viudedad. También hay que revisar los casos posteriores a febrero de 2021 por el complemento de brecha de género.

¿Cuántos hijos hacen falta?

Para el complemento antiguo, se exigían dos o más hijos. Para el complemento actual de brecha de género, puede bastar con un hijo, siempre que se cumplan los demás requisitos.

¿Puedo reclamar en 2026?

Sí, en muchos casos todavía puede reclamarse. Lo importante es revisar la fecha de la pensión, el tipo de complemento y si ya hubo una denegación previa.

¿Cuánto se cobra por el complemento antiguo?

El complemento antiguo podía ser del 5 %, 10 % o 15 % de la pensión, según se tuvieran 2, 3, o 4 o más hijos.

¿Cuánto se cobra por el complemento de brecha de género en 2026?

En 2026 se cobra una cantidad mensual fija por cada hijo o hija, con un máximo de cuatro hijos. El importe se actualiza anualmente y se abona junto con la pensión.

¿Se puede cobrar si la madre ya lo cobra?

Depende del complemento. En el complemento antiguo, ambos progenitores pueden llegar a cobrarlo si cumplen los requisitos. En el complemento actual, hay reglas específicas y el reconocimiento a un segundo progenitor puede afectar al complemento del primero.

¿El complemento se aplica a pensiones no contributivas?

No. El complemento está vinculado a pensiones contributivas.

¿Qué pasa si el INSS lo deniega?

Se puede revisar la resolución, presentar reclamación previa y, si procede, acudir al juzgado de lo social. Muchas reclamaciones de padres han prosperado por discriminación.

¿Hace falta abogado?

Para presentar una solicitud inicial no siempre es obligatorio. Pero si hay denegación, atrasos importantes o vía judicial, es recomendable contar con asesoramiento especializado.

¿Los herederos pueden reclamar?

En algunos casos sí, si el pensionista fallecido cumplía los requisitos y quedaron cantidades pendientes. Conviene analizar el expediente concreto.

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